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Casa Calculada

IVA de la reforma: ¿10 % o 21 %?

Una reforma de vivienda lleva IVA del 10 % si la encarga un particular para su casa (o una comunidad de propietarios), la vivienda tiene más de dos años, se paga por banco y los materiales que pone el profesional no pasan del 40 % del precio sin IVA. Si falla algo, el 21 %. En una obra de 10.000 € la diferencia son 1.100 €.

Su coste, no su precio de venta. Si compras tú los materiales, pon 0.

Marca lo que se cumple

Tipo de IVA

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IVA a pagar

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Materiales sobre el precio

—

Requisitos del art. 91.Uno.2.10.º de la Ley 37/1992 del IVA. Orientativo: en caso de duda, consulta a la Agencia Tributaria o a un asesor. Ver metodología

Cómo funciona

La calculadora comprueba uno a uno los requisitos del artículo 91.Uno.2.10.º de la Ley del IVA (texto consolidado revisado el 6 de noviembre de 2026):

  1. Quién la encarga: una persona física que no actúa como empresario y usa la vivienda para sí; o una comunidad de propietarios; o cualquiera si la vivienda se alquila como vivienda habitual.
  2. Qué obra: renovación o reparación de un edificio o una parte destinada a vivienda.
  3. Antigüedad: la construcción o la rehabilitación de la vivienda terminó al menos dos años antes de empezar la obra.
  4. Pago: por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
  5. Materiales: quien hace la obra no aporta materiales o, si los aporta, su coste no pasa del 40 % de la base imponible (el precio sin IVA).

Si se cumplen todos, la obra entera tributa al 10 %. Si falla uno, al 21 %. Las obras de rehabilitación contratadas directamente por el promotor tienen otro supuesto del 10 % (art. 91.Uno.3.1.º), que esta calculadora no evalúa. Más detalle en la metodología.

Cuánto pesan los materiales en una reforma

En la base de precios de Extremadura 2026, con un 19 % de margen del contratista, los materiales suponen este porcentaje del precio sin IVA:

PartidaMateriales sobre el precio
Picar alicatado a mano (E01EEA010)0,0 %
Tabique 15 + 46 + 15, montantes cada 600 mm (E06DBYB020)44,6 %
Alicatado 20 × 20 con cemento cola sobre placa de yeso (E11ABCC410)28,1 %
Solado porcelánico 30 × 60 con cemento cola (E10EGOC080)67,2 %
Solado porcelánico mate rectificado 60 × 60 (E10EGOC500)47,7 %
Pintura plástica lisa mate blanca, dos manos (E15IPA010)25,6 %

El porcelánico caro, los muebles de cocina o los sanitarios de gama alta son lo que más acerca una obra al límite. Para ver el reparto de la tuya, usa la calculadora de precio por m² de obra: su enlace «¿Te toca el IVA del 10 %?» trae aquí los importes.

Ejemplos en euros

Reforma de baño en un piso propio

Las partidas de demolición, alicatado y solado de un baño de 2 × 1,60 m con la base de Extremadura y un 19 % de margen: 1.028,96 € sin IVA, de los que 264,97 € son materiales.

Materiales: 25,8 % del precio. IVA: 10 % = 102,90 €, total 1.131,86 €. Ahorro frente al 21 %: 113,19 €.

Cocina con muebles y electrodomésticos que pone la empresa

Precio total de 15.000 € sin IVA; el coste de los muebles, la encimera, los electrodomésticos y el resto de materiales para la empresa es de 8.000 €.

Materiales: 53,3 % del precio. IVA: 21 % = 3.150,00 €, total 18.150,00 €. Falla: los materiales que aporta el profesional no superan el 40 % del precio sin iva.

Pintar la escalera de una comunidad

La comunidad de propietarios encarga pintar el portal y la escalera por 6.000 € sin IVA, con 900 € de pintura.

Materiales: 15,0 % del precio. IVA: 10 % = 600,00 €, total 6.600,00 €. Ahorro frente al 21 %: 660,00 €.

Reforma de un local para una tienda

Un autónomo reforma su local por 20.000 € sin IVA. No es una vivienda: tipo general.

Materiales: 25,0 % del precio. IVA: 21 % = 4.200,00 €, total 24.200,00 €. Falla: quien encarga la obra es un particular para su vivienda, una comunidad de propietarios o el dueño de una vivienda alquilada como vivienda habitual; la obra se hace en una vivienda.

Límite de materiales y ahorro según el precio de la obra

Precio sin IVAMateriales máximos (40 %)IVA al 10 %IVA al 21 %Ahorro
3.000,00 €1.200,00 €300,00 €630,00 €330,00 €
6.000,00 €2.400,00 €600,00 €1.260,00 €660,00 €
10.000,00 €4.000,00 €1.000,00 €2.100,00 €1.100,00 €
15.000,00 €6.000,00 €1.500,00 €3.150,00 €1.650,00 €
20.000,00 €8.000,00 €2.000,00 €4.200,00 €2.200,00 €
40.000,00 €16.000,00 €4.000,00 €8.400,00 €4.400,00 €

El ICIO y la tasa de licencia de obra no llevan IVA: se calculan sobre el coste de ejecución material. Puedes calcularlos en la calculadora del ICIO.

Preguntas frecuentes

¿Las reformas llevan IVA del 10 o del 21 %?

Del 10 % si es una obra de renovación o reparación en una vivienda, la encarga un particular para su uso (o una comunidad de propietarios, o el dueño de una vivienda alquilada como vivienda habitual), la vivienda se terminó hace al menos dos años, se paga por un medio bancario y los materiales que aporta el profesional no superan el 40 % del precio sin IVA. Si falla alguno, el 21 %.

¿Qué pasa si los materiales superan el 40 %?

Que no se cumple el requisito de la letra c) del artículo 91.Uno.2.10.º y la obra entera va al 21 %, no solo la parte de materiales. Por eso conviene saber el coste de los materiales antes de firmar: si compras tú una parte (por ejemplo, el azulejo o los sanitarios), el porcentaje baja.

¿La reforma de un baño o de una cocina lleva IVA reducido?

Puede llevarlo, con los mismos requisitos. En un baño suele cumplirse porque pesa mucho la mano de obra: en el ejemplo de esta página los materiales son el 26 % del precio. En una cocina con muebles y electrodomésticos aportados por la empresa es fácil pasar del 40 %.

¿Se aplica el 10 % a una comunidad de propietarios?

Sí. La ley incluye expresamente las obras cuyo destinatario es una comunidad de propietarios, con los demás requisitos: edificio de viviendas con al menos dos años, pago por medio bancario y materiales hasta el 40 %.

¿Puedo pagar la reforma en efectivo y mantener el 10 %?

No. El texto vigente del artículo 91 condiciona el tipo reducido a que la obra se pague con tarjeta de crédito o débito, transferencia, cheque nominativo o ingreso en una cuenta a favor de quien la hace.

¿Y si es una vivienda de alquiler?

Si la vivienda se alquila como vivienda habitual del inquilino, también va al 10 %, sea quien sea el propietario (particular o empresa). Un piso turístico o una oficina no cumplen ese requisito.

Fuentes

Fecha de extracción de los datos: . Se reutilizan citando la fuente, sin alteración.

  1. Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, texto consolidado (BOE), art. 91.Uno.2.10.º — Requisitos del tipo del 10 % en obras de renovación y reparación de viviendas. Última actualización publicada del texto consolidado: 07/10/2026. (extraído el 6 de noviembre de 2026)
  2. Base de Precios de la Construcción de Extremadura 2026 (v.01), Junta de Extremadura: precios descompuestos — Reparto entre materiales y mano de obra de las partidas de los ejemplos. (extraído el 6 de noviembre de 2026)

Creado y mantenido por Nico Posada. ¿Ves un dato que no cuadra? Avísame.

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